La Constitución española consagra en su art. 43 el derecho de todos los ciudadanos a la protección de la salud, estableciendo al propio tiempo la responsabilidad de los poderes públicos en la organización de servicios y tutela de la salud, como garantía fundamental de este derecho.
Igualmente, en su art. 45, reconoce el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado, así como el deber de conservarlo, debiendo los poderes públicos velar por la utilización racional de todos los recursos naturales, para proteger y mejorar la calidad de vida.
En cumplimiento de lo anterior, el presente borrador de ordenanza tiene por objeto regular la venta, dispensación y suministro de bebidas alcohólicas así como su consumo en los espacios y vías públicas, en concreto:
- Fija los requisitos a que debe ajustarse la venta, dispensación y suministro de ventas alcohólicas por establecimientos públicos.
- Establece la prohibición de consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública.
- Tipifica un régimen de infracciones y sanciones en esta materia.
Para visualizar el borrador de Ordenanza pinche aquí.
En cumplimiento del artículo 133 de la Ley 39/2015 se realiza la presente consulta pública para que los sujetos y organizaciones afectados por la futura norma aporten sus opiniones y sugerencias al respecto.
Para ello, los interesados dispondrán de plazo hasta el próximo día 18 de octubre de 2019 para presentar sugerencias y reclamaciones.
En Ceutí, a 8 de octubre de 2019.
El Alcalde, D. Juan Felipe Cano Martínez.