Unión no Matrinonial

Se considerará unión no matrimonial o pareja de hecho, a los efectos de la presente Ordenanza, la efectiva convivencia de dos personas en pareja, de forma libre, pública y notoria, vinculados de forma estable al, existiendo una relación afectiva, con independencia de su orientación sexual.

El Registro Municipal de Parejas de Hecho del Ayuntamiento de Ceutí tiene carácter administrativo y en él podrán inscribirse las uniones no matrimoniales de convivencia.

Podrán instar su inscripción en el Registro todas aquellas parejas que cumplan con los requisitos establecidos en la ordenanza reguladora aprobada por Pleno del Ayuntamiento de Ceutí.

Requisitos:

  • Que los dos miembros estén empadronados en el municipio, durante al menos un periodo ininterrumpido de doce meses.
  • Ambos  miembros  deberán  presentar  declaración  jurada  de  no  estar  casados  ni inscritos en otro Registro de Parejas de hecho

Deberán presentar la siguiente documentación:

  • DNI, pasaporte o documento acreditativo de la identidad de ambos miembros.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Certificado del Registro Civil en el que se acredite el estado civil de cada uno de los solicitantes.

 

Ordenanza: Ordenanza Reguladora Pareja de Hecho

Horario: de 9:00 a 14:00 horas
Lugar: Secretaría Ayuntamiento de Ceutí (Primera Planta)
Teléfono: 968690151